El Seguro de Comunidad de Propietarios ¿es obligatorio?

ES OBLIGATORIO TENER UN SEGURO DE COMUNIDAD DE VECINOS

Una de las preguntas que más se plantean en todas las juntas de propietarios de los inmbuebles dentro de una comunidad de vecinos es si es obligatorio o no tener un seguro específico. Es algo realmente relevante para saber que desperfectos tendrán que afrontar como un gasto extra o cuales no será necesario.

Resumiendo, Respuesta rápida: El seguro de comunidad no es obligatorio a nivel nacional según la Ley de Propiedad Horizontal, pero sí lo es en Madrid y Comunidad Valenciana (para coberturas básicas de incendios y RC). En otras comunidades como Cataluña, Andalucía o Baleares, aunque no obligatorio, es altamente recomendable.

Muchos usuarios residentes en edificios con cierta antigüedad han ido planteándose durante estos años hasta que punto era obligatorio tener contratado un seguro de comunidad. La respuesta es sencilla, no se obliga a disponer de uno pero siempre es conveniente más aún cuando el inmueble en cuestión pasa ya de un número determinado de años y requiere más cuidados.

Este tipo de producto se orienta precisamente a garantizar todos esos aspectos que el edificio pueda requerir evitando complicaciones a los usuarios y por eso es especialmente recomendable contar con ellos y es por todo ello que se recurra a los comparadores en donde encontrara todas las opciones con sus precios respectivos y las correspondientes coberturas.

¿Es obligatorio el seguro de comunidad según la LPH?

La Ley de Propiedad Horizontal (artículo 9.1.e) establece que:

"Las comunidades podrán destinar parte de su fondo de reserva a contratar un seguro que cubra daños en la finca o un contrato de mantenimiento"

Esto significa que:

  • No existe obligatoriedad nacional de contratar seguro
  • Es una decisión voluntaria de cada comunidad
  • Se puede financiar con el fondo de reserva (mínimo 5% del presupuesto anual)

Estos seguros de comunidad no son obligatorios por ley, pero son bastante recomendables si usted reside en una comunidad de vecinos, ya que será la propia compañía aseguradora la que se encargue de reparar todos aquellos imprevistos que podamos sufrir en nuestra comunidad, así como incendios, explosiones, fugas de agua, daños a terceros… La Ley de la Propiedad Horizontal lo cita como algo muy recomendable para poder garantizar el bienestar de todos los propietarios, pero no obligatorio a nivel nacional, pero la legislación en algunas comunidades si que diverge de estay obliga la contratación de un seguro de comunidad.

Dependiendo de cada Comunidad autónoma será obligatorio o no la suscripción de un seguro obligatorio, la ley nacional no se hace referencia alguna a esta obligatoriedad, pero hay que decir que siempre es recomendable porque son muchas las coberturas que suelen ir incluidas en estos seguros como: incendios, caídas de rayos, daños por agua, control de plagas, daños eléctricos, rotura de maquinaria, goteras...

Para poder establecer si contratar un seguro de comunidad es obligatorio, nos basaremos en la Ley de Propiedad Horizontal en la cual se establece que las comunidades de propietarios, no están obligadas a contratar un seguro para su comunidad de vecinos, se determina que, en las comunidades de propietarios tiene que existir un fondo de reserva, al cual poder cargar el coste para cubrir los gastos de la contratación de un seguro.

La Ley de Propiedad Horizontal hace referencia al seguro como una posibilidad, no como una obligación. Por lo tanto no se puede considerar el seguro de comunidad como obligatorio, pero si es recomendable.

¿Qué comunidades autónomas obligan a contratar un seguro de comunidad?

  • Comunidad de Madrid: La Ley 2/1999, en su artículo 24, establece la obligatoriedad de contratar un seguro que cubra incendios y daños a terceros.
  • Comunidad Valenciana: Según la Ley 8/2004, artículo 30, las comunidades están obligadas a contar con un seguro que incluya cobertura contra incendios y responsabilidad civil.

Por tanto, si su comunidad se encuentra en Madrid o Comunidad Valenciana, es obligatorio contratar una póliza que cubra incendios y daños a terceros. Además, estas contrataciones pueden beneficiarse de incentivos fiscales según la legislación vigente.

La Ley de Calidad para la Edificación varía en cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo, mientras Madrid, Comunidad Valenciana y en parte Cataluña establecen la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil e incendios, otras comunidades como Andalucía no lo exigen legalmente. En cualquier caso, la contratación es altamente recomendable.

En caso de siniestro en una comunidad de propietarios, ya sea un incendio, una avería o un daño a terceros, todos los propietarios deben asumir los gastos en función de su porcentaje de participación en el edificio. Contar con un seguro multirriesgo comunitario protege a la comunidad frente a estos imprevistos, evitando gastos inesperados.

Es importante recordar que un seguro de hogar individual no cubre los elementos comunes del edificio. Por eso, es fundamental contratar un seguro específico para la comunidad que cubra instalaciones, elementos estructurales y zonas comunes. Si desea encontrar la opción más adecuada, nuestro comparador de seguros de comunidad le permitirá comparar precios y coberturas entre las principales aseguradoras del mercado en solo un minuto.

¿Qué coberturas exigen las CCAA donde es obligatorio?

En Madrid y Valencia, las pólizas deben incluir como mínimo:

1. Cobertura de Incendios

Incluye:

  • Daños por fuego, explosión o caída de rayo
  • Gastos de extinción
  • Daños por humo

2. Responsabilidad Civil

Protege contra:

  • Daños a vecinos por elementos comunes (ej: tuberías rotas)
  • Lesiones a terceros en zonas comunes (ej: caída de cornisas)

¿Qué pasa si no tengo seguro siendo obligatorio?

En Madrid y Valencia, las sanciones pueden llegar a:

  • Multas de 60.000-150.000€ (dependiendo de la gravedad)
  • Responsabilidad solidaria de todos los vecinos ante daños
  • Problemas para vender (notarios suelen pedir certificado de seguro)

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¿Por qué recomendamos contratar un seguro para su comunidad de propietarios?

Preguntas frecuentes

¿El seguro cubre goteras entre vecinos?

Solo si provienen de zonas comunes. Si la filtración viene de otra vivienda, debe reclamarse al seguro del vecino responsable.

¿Es obligatorio en edificios nuevos?

En Madrid y Valencia sí, independientemente de la antigüedad. En otras CCAA, aunque no obligatorio, es recomendable desde el primer día.

¿Qué pasa si un vecino no paga su parte?

La póliza sigue vigente, pero la comunidad puede reclamar judicialmente al moroso. Algunas aseguradoras ofrecen cobertura legal para estos casos.